En el uso cotidiano, **protectora** suele referirse a una asociación cuyo objeto principal es **proteger a los animales**: rescate, acogidas, adopciones, campañas y educación. “Asociación” es el paraguas legal; puede tener fines diversos (colonias felinas, fauna silvestre, educación, lobby, etc.).
Coincidencias
• Ambas son, normalmente, entidades privadas sin ánimo de lucro.
• Su financiación depende de donaciones, cuotas y ayudas.
• Su labor se complementa con centros públicos o servicios municipales.
Diferencias prácticas
• Las **protectoras** gestionan más frecuentemente **acogidas y adopciones** (perros, gatos) y requieren protocolos veterinarios continuos.
• Otras **asociaciones** pueden enfocarse en **colonias felinas (CER)**, educación y campañas, rescate de fauna silvestre, etc.
• **Perrera/centro municipal**: servicio público o concesión; no es una ONG, aunque puede coordinarse con ellas.
Consejo rápido
Antes de colaborar, revisa misión, actividades y protocolos para confirmar que encajan con lo que buscas.